Orden después de la muerte

En el siguiente caso, nuestro cliente pregunta que si la carta mecanografiada en la que su tía, sin herederos legítimos, pide a su entidad bancaria que a su muerta reparta entre sus sobrinos el dinero que tiene en un depósito bancario tiene validez legal o no.

Según el Código Civil, las disposiciones para después de la muerte deben hacerse necesariamente en testamento y bajo las formas testamentarias previstas por el Código Civil.

Por tanto, nos encontramos ante una disposición no válida por la que la tía de nuestro cliente pide el reparto postmortem de las cuentas bancarias.