Reconocimiento de titularidad de la mitad del patrimonio a pareja de hecho.

Una pareja de hecho que conviven durante más de 25 años, durante ese periodo de tiempo y gracias al trabajo de ambos logran adquirir bienes por un valor de más de 6.000.000 €, pero por razones de índole personal, deciden inscribir todos esos bienes a nombre de la mujer. Ocurre que cuando deciden separarse, ésta se niega a reconocer la titularidad de la mitad del patrimonio a su pareja, y éste se ve en la necesidad de acudir a los tribunales para reclamar la parte de sus bienes. El Juzgado de Primera Instancia declara que el patrimonio corresponde a partes iguales a ambos, esta sentencia es recurrida, primero ante la Audiencia Provincial de Sevilla y después ante el Tribunal Supremo, pero ambos tribunales ratifican la sentencia recaída en el Juzgado de Primera Instancia, y con ello el cliente recupera el patrimonio que le corresponde.